Derecho del Trabajo I • Febrero

Capacidad de Patrones y Trabajadores

Del Consentimiento a la Aptitud Legal

01

Del Consentimiento a la Aptitud Legal

Para que un contrato individual de trabajo nazca a la vida jurídica, no basta con el acuerdo de voluntades. Los sujetos deben poseer Aptitud Legal. En material laboral, existe una "Capacidad Laboral Especial" que difiere del derecho civil, otorgando una "mayoría de edad anticipada" a los 15 años.

02

La Capacidad del Trabajador

Regla de los 15 Años (Art. 22)

  • Menores de 15: Incapacidad absoluta. Trabajo prohibido y considerado delito (Art. 995-Bis).
  • 15 a 18 años: Capacidad condicionada. Requiere educación básica concluida y certificado médico.

Autonomía (Art. 23)

Los mayores de 15 años ("Adultos Laborales") pueden:

  • Celebrar contratos libremente.
  • Cobrar y administrar su salario directamente (Pago a padres es nulo).
  • Ejercitar acciones legales y demandar sin tutor.

Jurisprudencia: Suplencia de la Queja

Si en un juicio concurren un trabajador y un menor, se analiza bajo estricto derecho para no colocar al menor en desventaja.

03

La Capacidad del Patrón

Persona Física

Requiere capacidad de ejercicio plena (18 años). Un menor no puede ser patrón autónomo ya que no puede responder jurídicamente.

Persona Moral

Capacidad emana de su acta constitutiva y registro. Actúa a través de órganos de representación.

Representación Patronal (Art. 11)

Directores, Administradores y Gerentes son considerados representantes del patrón.

Teoría de la Apariencia: Si alguien ejerce funciones de dirección (mando), sus actos obligan a la empresa. El trabajador no está obligado a verificar si el gerente tiene poderes notariales.